Capacidad jurídica de los abogados en riesgo del consumidor digital

Por: Camilo Alfonso Escobar Mora, Ph.D., fundador de Protsumer, Entrenamiento de abogados en ciclo completo del conflicto sobre riesgo legal del consumidor digital protsumer.com. Contacto: camilo@protsumer.com.

Los abogados tienen capacidad jurídica cuando logran soluciones jurídicas, es decir, formas para la aplicación de los derechos y deberes; lo que depende de la detección de los problemas jurídicos, es decir, la determinación de la naturaleza jurídica del caso y de los retos que se deben superar para cumplir con su deber ser jurídico, según su totalidad (todo del caso). Esta es la labor de desciframiento jurídico y de su atención (diligente) que forma la capacidad jurídica de los profesionales del derecho, con lo que no basta con conocer normas puntuales sobre el consumidor y la empresa mercantil (comercial) frente al medio digital sino que se debe tener fortaleza cognitiva y práctica (que incluye teórica jurídica contundente) sobre los fundamentos jurídicos, ese es el perfil robusto que deben ser los abogados para ser capaces (jurídicamente) de obtener soluciones jurídicas -simples-.

El fenómeno de los riesgos jurídicos hace parte de ello, junto a la amenaza que son manifestaciones directas en el corto plazo que pueden afectar el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes, pues los riesgos son cualquier evento que puede llegar a ocurrir (realización incierta), en el corto, mediano o largo plazo que hace inaplicables los derechos y deberes cuando no se gestiona diligentemente, es decir, con base en la aplicación de los derechos y deberes, ante ello (incluido, ante su efecto), según procedan -jurídicamente-. Para lograrlo debe existir una forma (clara, integral, oportuna, completa, armónica; óptima, efectiva, evolutiva) de detectar y controlar el riesgo jurídico para que todo lo vinculado con ello, es decir, para que el caso se mantenga con base en la aplicación de los derechos y deberes gracias a la viabilización que, precisamente, da la gestión del riesgo, o sea, el ejercicio de los derechos y deberes.

En relación con el consumidor ligado con lo digital, los abogados deben saber qué riesgos jurídicos existen en cada caso preventivo (de cumplimiento integral) y correctivo (de cumplimiento para la detección y solución de los problemas ocasionados con el incumplimiento) y gestionarlos con diligencia jurídica; así, cada caso donde participen existe con validez jurídica, es decir, coincidiendo con el, correspondiente, deber ser jurídico. Esto es lo que permite identificar, organizar y manejar jurídicamente cada uno de los aspectos conectados con la eficacia de los derechos y deberes a la medida de las particularidades de las relaciones jurídicas entre la empresa y el consumidor donde se involucre lo digital; de esta forma se logra la autorregulación jurídica (formas óptimas de cumplimiento integral) y la resolución ágil de las controversias (formas correctivas verdaderas). Lo que necesita de la claridad de dichos elementos (aspectos, ingredientes) de los derechos y deberes, tales como el alcance jurídico -forma- que debe tener un tratamiento de datos, la armonía jurídica ante los algoritmos de inteligencia artificial (IA) comercial o la responsabilidad jurídica correctiva de la empresa, del consumidor y de terceros no representantes de las partes en los conflictos que ocurran sobre el todo digital -incluida cada parte y el todo de las tecnologías de la información y la comunicación, TIC, involucradas- de la forma de comercio presente en el caso.

La seguridad jurídica (certeza de lo jurídico, preventiva y correctivamente) se obtiene si se concreta la forma de los derechos y deberes, gracias a la puntualización de sus partes y de su todo, a la medida de las particulares que jurídicamente implique la forma del consumidor ante lo digital y, propiamente, según el todo (digital/analógico -en átomos, físico tradicional-; definitivo) del caso. El abogado brinda un trabajo útil cuando fundamenta la gestión del riesgo que jurídicamente debe existir en un caso que involucre al consumidor y a lo digital, mercantilmente (comercialmente), y logra que se cumpla con ello, de acuerdo con lo que sea de su responsabilidad jurídica profesional. Así da un trabajo objetivo, que soluciona, viabilizador.

La justicia, o sea, lo ajustado a lo jurídico, es posible cuando existe el abogado diligente, por ser quien precisa la forma de los derechos y deberes (forma de lo jurídico; forma del derecho) conforme con la forma jurídica total del consumidor en la forma como vaya existiendo y, totalmente, exista el caso donde participe y esté presente lo digital. Preventiva y correctivamente se puede generar y, por tanto, verificar la coincidencia o incoincidencia del caso con lo jurídico -deber ser jurídico-; la prueba de la gestión del riesgo se forma con la forma de la existencia del caso, bien sea un caso válido o inválido, según exista cumplimiento o incumplimiento dentro de él. No se trata de un derecho digital sino de derecho totalmente y de la capacidad -jurídica- diligente de los abogados (integrales) con respecto al “consumidor digital”. Esa capacidad se concreta en una metodología -válida- que debe tener el abogado según cada asunto a su cargo; universalmente. Metodología que es válida si al aplicarla se logra la realización de lo jurídico en el caso. Por ello, mediante esta incluso se debe poder cumplir óptimamente con las normas -jurídicas- puntuales según apliquen. Esos son los abogados valiosos, útiles, necesarios; viabilizadores, solucionadores. Profesionales. Lo que es evolutivo (simplificadoramente), estable, sólido; comprensible.